Solicitudes Residuos industriales

TODOS LOS RESIDUOS PELIGROSOS, DEBERÁN:
– Encontrarse bajo cubierta.
– Ubicados en una misma zona, de forma ordenada y de fácil acceso para su recogida.
– Gestionarse de forma independiente en los recipientes que se dispongan para cada residuo, con su etiqueta correspondiente.
– No superar los 6 meses su recogida, salvo previa autorización por parte de la Delegación Territorial.

Formulario de solicitud de recogida

Tipo de Residuos a recoger

NORMATIVAS: Decreto 73/2012 de 20 de Marzo «por el que se aprueba el Reglamento de Residuos de Andalucía». Ley 22/2011 de 28 de Julio «Residuos y Suelos Contaminados». Ley 7/2007 de 9 de Julio de Gestión de Calidad Ambiental de Andalucía. Real Decreto 180/2015 de 13 de marzo. Orden PRA/1080/2017, de 2 de noviembre. por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados.